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La definición de conceptos es un paso ineludible






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La incumbencia del traductor público

La Traducción Pública es una función delegada por el estado como herramienta para garantizar la seguridad jurídica y es por eso que existe la Ley 20.305, que crea una matrícula, un colegio, y establece el  monopolio  de dicha función para los matriculados (la incumbencia exclusiva, nuestro único y gran tesoro). Solo las profesiones que cumplen alguna función delegada o supervisada por el estado tienen matrícula e incumbencia exclusiva otorgada por ley. Al estado no le interesa, ni debe interesarle, si los matriculados, ADEMÁS (o en lugar ) de ejercer la profesión de traductor público, se dedican a la docencia, a la traducción literaria, o trabajan como  escorts  en hoteles internacionales….  En todo caso, cada una de esas actividades se rige por las respectivas normas o mercados. Nadie nos prohíbe ejercerlas, nuestro título o conocimientos nos habilitan para hacerlo, pero no son parte de la  incumbencia   exclusiva  que nos otorga la Ley y sería descabellado que lo fueran. Ten

Resultado de la Asamblea o el triunfo de la cordura

El Consejo Directivo quiso convencernos de que la matricula quería el cambio, nos dijeron que lo hacían por el bien de la profesión. .... sólo una veintena apoyó con su voto el proyecto del Consejo Directivo en la Asamblea. La Asamblea le dijo que no al Consejo Directivo. No se reforma la ley. Gracias a todos los colegas que hicieron el esfuerzo de venir, escuchar y votar por el futuro de la profesión. La Bitácora de los Traductores Públicos

POR QUÉ NO A LA REFORMA – UNA DOCENA DE RAZONES

1 – Porque la Ley 20.305 funciona y sólo es necesario difundirla y hacerla cumplir. 2 – Porque es inoportuno y peligroso ponerla en manos de las instituciones políticas en este momento. 3 – Porque el CD en contradicción con la Asamblea de 2010 ha decidido por su cuenta que es necesario reformar la ley y sólo ha incluido en el orden del día el "análisis del articulado".  4 – Porque el CD se “apoderó" del mandato de la Asamblea de 2010 y tuvo una actitud expulsiva contra los integrantes disidentes de la Comisión de Reforma que habían promovido la resolución de rechazar el anteproyecto, y conformó una nueva comisión con las propias autoridades y sus partidarios políticos. 5 – Porque para reformar la ley nacional es necesaria la participación de todos los matriculados del país . 6 – Porque para tomar una decisión tan importante, previamente se debería haber establecido la necesidad de mayorías especiales y no de una mayoría simple.  7 – Porque a